Al contratar a un ADMINISTRADOR PROFESIONAL externo: |
Al designar a un ADMINISTRADOR INTERNO (vecino): |
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IMPARCIALIDAD | Las decisiones serán imparciales y transparentes, lo que evita controversias entre los vecinos. Es neutral y equitativo para todos los condóminos. | Podría dar preferencia a ciertas decisiones en el condominio que lo beneficien a él y/o a un grupo de amigos. |
RESULTADOS | Al estar bajo "la lupa" de los condóminos, el desempeño de un administrador profesional generalmente es muy bueno (aunque claro, hay sus excepciones), de hecho los condóminos pueden exigirle resultados ya que para ello se le contrató. | Difícilmente se les puede exigir resultados ya que normalmente no recibe una remuneración. Sólo en algunos casos excepcionales el administrador interno hace muy bien su función representando un "ahorro" real para el condominio. |
DISPONIBILIDAD | La comunicación suele ser buena, aunque no tenga un domicilio en la comunidad, siempre están los medios (on-line o vía celular) para contactarlo y seguramente responderá más rápido que un administrador interno ya que por las ocupaciones de este último es muy probable que no tendrá la disponibilidad para tomar la llamada de un vecino. | Al tener su domicilio en la comunidad permite que se le encuentre disponible más fácilmente. Esto representa un beneficio para los condóminos, sin embargo, a la larga se vuelve un inconveniente para el administrador. |
CONVIVENCIA | Se evitan controversias entre vecinos ya que generalmente actúa imparcial y equitativamente; no existe mayor relación con los residentes que un vínculo comercial que se conservará mientras éste haga correctamente su trabajo. | Puede llegar a perder lazos de amistad con sus vecinos por múltiples factores que se presentan durante su administración, en ocasiones, los problemas en la comunidad se vuelven problemas personales entre el administrador y algunos residentes. | PREPARACIÓN | Generalmente son profesionistas capacitados que tuvieron que acreditar conocimientos suficientes en la materia para obtener el certificado que emite la Procuraduría Social para poder operar como Administrador Profesional. | Generalmente no cuenta con experiencia en materia condominal ni ha recibido capacitación especializada para desempeñarse como administrador de un condominio. |
PRÁCTICAS | El Administrador Profesional difícilmente incurrirá en malas prácticas ya que su actuación está regida por la Ley de Propiedad en Condominio y tiene un prestigio que cuidar en el mercado. | Como ningún vecino quiere tomar la responsabilidad, el administrador interno puede pasar varios años en el puesto lo cual se presta para incurrir en malas prácticas si no existe un monitoreo detallado por parte del comité de vigilancia. |